Los autónomos menores de 30 años y con 60 años o más, inscritos en el RETA y con al menos un año de actividad, pueden solicitar en la página web de la ADER una subvención directa de 2.700 euros

El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) ha publicado hoy recentemente la primera convocatoria de ayudas prevista en el Plan de Incentivo al Trabajo Autónomo de La Rioja. A partir de este momento, y hasta el 5 de julio a las 14:00 horas, todos los trabajadores autónomos personas físicas menores de 30 años y con 60 años o más, que estén inscritos en el RETA, acrediten domicilio fiscal en La Rioja y al menos un año de actividad, pueden solicitar ya en la página web de la ADER, a través del acceso específico habilitado en su portada, una subvención directa de 2.700 euros.

Este plan, una de las grandes apuestas del Ejecutivo regional, movilizará 55 millones de euros para apoyar, durante 2024 y 2025, la actividad de trabajadores autónomos de todos los sectores profesionales de La Rioja -incluidos, por primera vez, agricultores y ganaderos- inscritos en el RETA. Son ayudas especialmente pensadas para responder a las necesidades del colectivo de autónomos, que agrupa a más de 24.000 emprendedores en nuestra Comunidad.

Para poner en marcha esta primera convocatoria, que consta de ayudas directas de 2.700 euros para más de 5.000 autónomos menores de 30 años y para aquellos que acreditan 60 años o más, el Gobierno de La Rioja va a destinar 13 millones de euros.

El objetivo de esta primera convocatoria es ayudar a los autónomos más jóvenes durante el inicio de su camino emprendedor, sobre todo en un segundo año crucial para consolidar su proyecto; y, por otro lado, a quienes han estado cotizando muchos años y se merecen un último impulso para alcanzar la edad de jubilación.

La segunda convocatoria se activará en julio de 2024 y beneficiará a más de 10.000 trabajadores autónomos de entre 30 y 59 años con ayudas directas de 2.100 euros. En 2025, podrán optar a esta novedosa línea de ayudas los autónomos societarios cuya base liquidable en el IRPF sea inferior a 60.000 euros, autónomos que no hayan alcanzado un año de actividad durante las dos primeras convocatorias y trabajadores mutualistas.

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