Los grupos parlamentarios conservadores, Partido Popular Europeo (EPP) y Conversadores y Reformistas Europeos (ECR), han presentado una batería de enmiendas a la propuesta de Reglamento de Plazos de pago de la Comisión Europea que significa, en opinión de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), “un paso atrás en la lucha por la disminución de los plazos de pago”. Dichas enmiendas se basan en el argumento de la “libertad del pacto entre las partes” que, en opinión del presidente de la PMcM, Antoni Cañete, “siendo legítima, en este caso no logrará la neutralidad que persigue; de hecho, se abre la puerta a, de manera legal, generar plazos mayores a los previstos por el reglamento”.
Cuando la parte económicamente más débil debe financiar a la más potente, “no hay ecuanimidad, lalibertad de plazos de pago puede no ser equitativa, por lo que la ley debe tener en cuenta las diferencias entre las partes para asegurar que el resultado sea neutro”, alerta la PMcM. Si se instaurara la libertad del pacto entre las partes, “sin duda aumentarán los plazos de pago al haber muchísimos interesados en pagar tarde, porque hacerlo conlleva un enorme beneficio financiero, especialmente en periodos inflacionistas y de altos tipos de interés”.
Antes de la presentación de estas “desafortunadas” enmiendas por parte de los grupos conservadores europeos, es importante destacar que durante las diversas reuniones de trabajo en la Comisión de Mercado Interior (IMCO) del Parlamento Europeo, los restantes grupos parlamentarios ya habían alcanzado un acuerdo sobre nueve enmiendas de compromiso. Estas enmiendas, en su mayoría, mantenían la coherencia con la propuesta inicial de la Comisión Europea y recogían las propuestas presentadas por la PMcM.
Para Cañete, es “crucial comprender que la implementación de la libertad de pacto entre las partes supondría un retroceso a la situación previa a la Ley de 2010, con el consiguiente riesgo de perpetuar los abusos de posición dominante por parte de las grandes compañías”.
Desde la PMcM, “hacemos un llamamiento a los grupos parlamentarios europeos para que actúen con responsabilidad y respalden, el próximo día 22, las enmiendas de compromiso acordadas previamente, gracias a los esfuerzos de la ponente principal, la eurodiputada Roza Thun”.
Contradicciones, control imposible y fraudes
Las enmiendas proponen la posibilidad de alargar los plazos de pago a más de 30 días siempre que se especifique en contrato y el alargamiento no sea “manifiestamente injusto” para el acreedor. Para Cañete, esto supone una “contradicción en sí misma: nadie va a especificar en un contrato algo manifiestamente injusto”. Cabe recordar que las empresas peores pagadoras son aquellas de mayor tamaño, que en general cuentan con códigos de Responsabilidad Social Corporativa. Por tanto, la “condición adicional de notificar dicha excepción a la autoridad de aplicación implica una carga administrativa añadida para las empresas, más burocracia para las Administraciones, un incremento de costes para todos y un control imposible por parte de la mencionada autoridad”.
Pese a que esta modificación excluiría la posibilidad de aplicación entre pymes y grandes empresas o la administración, Cañete denuncia que “la experiencia nos muestra que las compañías más grandes disponen de los medios para obviarla, por ejemplo, firmando sus contratos a través de compañías interpuestas de menor tamaño, UTEs…” La demostración de este fraude “exigiría acciones por parte de los perjudicados, que en la mayoría de las ocasiones no pueden asumir”.
Adicionalmente, la propuesta incluye la eliminación del control de pagos a subcontratistas en la contratación pública. Esto “perjudicará a los subcontratistas que cobrarán sus facturas a mayores plazos sin ningún control ni responsabilidad por parte de las Administraciones Públicas”, asegura Cañete. De hecho, al menos las AAPP españolas “nunca han estado demasiado interesadas en aplicar la norma que les obliga a practicarlo en determinados contratos, como demuestran los informes sobre el asunto presentados por OIRESCON”, sentencia.